El cuidado de la salud y la cobertura en caso de enfermedad pueden ser objeto de diferentes tipos de pólizas.
Los Seguros de Salud ó Seguros Médicos son los que generalmente asociamos a la cobertura de tratamientos y asistencia sanitaria, aunque no son las únicas pólizas que nos ofrecen protección en caso de enfermedad.
Por ejemplo, existen los Seguros de Enfermedad, que también nos cubren ante problemas de salud, aunque sus garantías no son iguales a las que ofrecen las tradicionales pólizas de asistencia sanitaria.
Las coberturas de ambos tipos de pólizas pretenden proteger al asegurado ante la aparición de una enfermedad. Cuando la enfermedad aparece, los Seguros de Salud y Seguros de Enfermedad activan sus garantías, aunque sus coberturas actúan de una manera muy diferente en cada caso.
Dos modos de asegurar la salud y protegerte frente a la enfermedad
En el sector asegurador, donde todo debe ser definido para identificar los riesgos que hay que cubrir, se considera enfermedad aquella alteración del estado de salud originada por una patología que se presenta de forma involuntaria y que puede ser comprobada por un profesional de la medicina.
De esta forma, si un asegurado se ve afectado por una enfermedad, el Seguro Médico le proveerá de la posibilidad de ser atendido por especialistas y las coberturas de la póliza le darán acceso a tratamientos en centros privados que ayuden al asegurado para conseguir su recuperación. Se trata de una cobertura basada principalmente en la prestación de servicios sanitarios.
En cambio, los Seguros de Enfermedad, también conocidos como Seguros de Subsidio, protegen al asegurado de las consecuencias económicas derivadas del empeoramiento de su estado de salud.
El Seguro de Salud. Asistencia sanitaria y prevención
La cobertura de los Seguros de Salud consiste en asumir los gastos derivados de la asistencia sanitaria. Las pólizas de asistencia sanitaria proveen a sus asegurados de las consultas y tratamientos médicos que se incluyan en la póliza, como hacen las pólizas de cuadro médico, ó reembolsan a sus clientes los gastos derivados de recibir determinados tipos de asistencia sanitaria, como ocurre con los denominados Seguros de Reembolso.
Además, es habitual que para algunas especialidades, pruebas y tratamientos la aseguradora establezca un copago en el que el cliente asume una parte del coste de la asistencia.
En cualquier caso, lo que distingue a los Seguros de Asistencia Sanitaria es que la aseguradora es la responsable de ofrecer al asegurado la prestación de los servicios médicos y quirúrgicos, dentro de los límites y condiciones que establezca el contrato de seguro.
La cobertura económica del Seguro de Enfermedad
Si un asegurado cae enfermo, es probable que se vea impedido para realizar su actividad y puede verse en la necesidad de ser ingresado y pasar un tiempo hospitalizado hasta su recuperación.
En estos casos, el Seguro de Enfermedad ofrece una indemnización que compensa la ausencia de ingresos del cliente durante el periodo que dura la enfermedad, una cobertura que tiene mucho más sentido si cabe, en el caso de trabajadores y profesionales autónomos.
Además, cuando la evolución de la enfermedad desemboca en una situación de incapacidad total o absoluta que impida al asegurado mantener su puesto de trabajo ó le incapacite para desempeñar otro empleo, el Seguro de Enfermedad puede indemnizar al asegurado para paliar esta situación y cubrir gastos relacionados con la patología que ha originado esa invalidez.
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En conclusión, la protección de la salud muestra diversos frentes y es muy amplia la oferta que se centra todo lo relacionado con la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria y la cobertura de las consecuencias económicas por una alteración de nuestra salud.
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Esta genial el post. Saludos.
Muy buen post. Gracias por compartirlo.